- Primero solicitá la orden de allanamiento dictada por el Juez. En el caso de que no tengan orden firmada por Juez podés negar el ingreso a tu casa.
- Dentro de TU casa permanecé tranquilo y enseña dónde están tus plantas, semillas, sustancias ilegales, con tranquilidad. Si las quieren pesar, recordale al policía que las pese sin maceta ni tierra, obviamente la planta sola, y si se niega, firmá en el acta de allanamiento “En Disconformidad”.
- En la comisaría tenés derecho a llamar a un familiar, a un bogado, o a quien quieras. No hay obligación de declarar, pero podés hacerlo diciendo que es para tu propio consumo. En la provincia de Buenos Aires pueden retenerte hasta 12 hs.
- Ante el juez, decí la verdad sobre tu consumo y contale por qué cultivas, pero recordá que no pueden obligarte a declarar.
- Dependiendo del lugar donde se encuentre radicada tu causa, el juez tiene entre 15 y 30 días para determinar si te concede o no la libertad durante el proceso.
- En la medida que no existan pruebas de comercio (escuchas, droga fraccionada, elementos de corte, etc) debería hacerse extensiva la interpretación de la Corte Suprema en el fallo Arriola y por ende, tendrías que quedar sobreseído.
Junio 2012 Causa n° 681/12 (Zappia-Peré) La CSJN (Dr. Sergio Torres-Juez) declaró la inconstitucionalidad, en el caso por tenencia de 52 plantas de marihuana.
No punición del autocultivo sin pruebas complementarias que demuestren el comercio.